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Artículo 122 fracciones

Artículo 122 fracciones

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Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales 

 

Artículo 122. Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

 

Fracción Nueva Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición  de Cuentas de la Ciudad de México Equivalencia
I Planeación Programas Sociales. Los criterios de planeación y ejecución de sus programas, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto público destinado para ello;

Artículo 70 fracción XV LGTAIP

Antes Artículo 14 fracción XXI LTAIPDF

II

Programas Sociales. Información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

a) Área;

b) Denominación del programa;

c) Periodo de vigencia;

d) Diseño, objetivos y alcances;

e) Metas físicas;

f) Población beneficiada estimada;

g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;

h) Requisitos y procedimientos de acceso;

i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;

j) Mecanismos de exigibilidad;

k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;

l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;

m)  Formas de participación social;

n)   Articulación con otros programas sociales;

o) Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente;
p) Vínculo a la convocatoria respectiva;

q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas;

r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y

 

Artículo 70 fracción XV LGTAIP

Antes Artículo 14 fracción XXI LTAIPDF

III Evaluación Programas Sociales. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

Artículo 70 fracción XV LGTAIP

Antes Artículo 14 fracción XXI LTAIPDF