Artículo 146
Artículo 146. Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.
Calendario de actualización de las Obligaciones de Transparencia establecida en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (Descarga formato sugerido por el INFODF en archivo de Excel 97 - 2003)
Calendario de actualización de las Obligaciones de Transparencia Nuevo Formato al 4° trimestre 2018
Calendario de actualización de la Información de Pública de Oficio establecida en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal LEY ANTERIOR (Descarga formato sugerido por el INFODF en archivo de Excel 97 - 2003)