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Artículo 15 LTAIPDF histórico Artículo 15 LTAIPDF histórico

Artículo 15 fracciones

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Artículo 15. Además de lo señalado en el artículo 14, el Órgano Ejecutivo, deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

 

  I. Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia;

“NO APLICA: esta facultades corresponden a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF)”    Hipervínculo SSP-DF          Hipervínculo PGJDF

 

II. En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, en cuántas se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron, además de las órdenes de aprehensión, presentación y cateo;

“NO APLICA: En esta fracción, la PGJDF publicara datos estadísticos más precisos respecto de las averiguaciones previas que, de conformidad con la ley orgánica de la Procuraduría general de la justicia del DF y su Reglamento, es atribución del ministerio Público integrar.”

 

III. Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron;

“NO APLICA: La secretaria de finanzas deberá publicar trimestralmente la información respecto a las cantidades recibidas por el gobierno del Distrito Federal por concepto de multas administrativas locales y federales, de conformidad con la normatividad aplicable y vigente y con base en las pólizas de ingresos definitivas que genera la secretaria de finanzas.”

 

IV. Los reglamentos de las leyes expedidos en ejercicio de sus atribuciones; 

“NO APLICA: De acuerdo con lo establecido en el artículo 35, fracciones IV y XIV de la ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y Servicios Legales”

 

V. El listado de expropiaciones, que contenga al menos, fecha de expropiación, domicilio y utilidad pública;

  "NO APLICA: De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 fracción XVII de la Ley Orgánica de la Administración Publica del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales"

 

VI. Los listados de las personas que han recibido excensiones, condonaciones de impuestos locales, o regímenes especiales en materia tributaria local, cuidando no revelar información confidencial, salvo que los mismos se encuentren relacionados al cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de los mismos;

  "NO APLICA: De acuerdo con lo establecido en el artículo 30, fracción IV de la ley Orgánica de la Administración Publica del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Secretaria de Finanzas "

 

VII. El listado de patentes de notarios otorgadas, en términos de la Ley respectiva;

"NO APLICA: De acuerdo con lo establecido en el artículo 35, fracción XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales."

 

VIII. Los convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios y de concertación con los sectores social y privado;

Convenios de coordinación federal, estatal y municipal, y con sector social y privado.

 

IX. El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;

Programa General de Desarrollo (Programa Operativo Anual e Indicadores, Indicadores de Gestión PROMOEVA).

 

X. La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas.

Información de Interés o Relevante.

 

XI. Los usos de suelo a través de mapas y planos georeferenciados que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio;

"NO APLICA: De acuerdo con lo establecido en el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, esta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal.

 

XII. Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos.

"NO APLICA: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 30, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta es una obligación de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal".

 

XIII. Relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales, que permita conocer el estado, situación jurídica y modificaciones de cualquier índole de cada predio.

"NO APLICA: Esta Secretaría no registra ni tiene conocimiento de constancias, certificados , permisos, licencias, autorizaciones, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales, ello de conformidad con el artículo 23 qater de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Adicionalmente de conformidad con los artículos 8 fracción III y 87 de la Ley de Desarrollo Urbano son competencia de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda así como de las Demarcaciones Territoriales".

 

 

 

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