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Artículo 27

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Resultados de las Auditorías Concluidas.

 

Artículo 27. El órgano de control de la gestión pública y la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea, deberán proporcionar, a solicitud de parte, los resultados de las auditorias concluidas al ejercicio presupuestal que de cada sujeto obligado realicen. Al proporcionar la información referida deberán claramente señalar la etapa del procedimiento y los alcances legales del mismo.

Los entes obligados deberán proporcionar a los solicitantes, la información relativa a las solventaciones o aclaraciones derivadas de las auditorías concluidas.

Asimismo, el órgano de control de la gestión pública deberá publicar la relación de todas las vistas dadas por el Instituto, derivadas del incumplimiento de las obligaciones contempladas en esta ley, incluyendo el motivo que las originó y el seguimiento que se les dio.

 

A la Contraloría General corresponde el despacho de las materias relativas al control y evaluación de la gestión pública de las dependencis, órganos desconcentrados y entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como el desarrollo, modernización, innovación y simplicación administrativos, y la atención ciudadana, de conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica de la administración Pública del Distrito Federal.

La Contraloría General del DF publica en su portal de Internet la información relativa a la vistas dadas por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal derivadas del incumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia de este Ente Obligado.

 

Vínculo a la página de la Contraloría General del DF, vistas al órgano de control

(Vínculo a página web externa)

 

Fecha de Actualización: 31/Diciembre/2015
Última Validación: 15/Enero/2016
Unidad Administrativa responsable de emitir la información: Oficina de Información Pública.
Periodo de actualización: Trimestral

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