Artículo 14 fracciones
Artículo 14. Los Entes Obligados deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Marco Normativo. I. El marco normativo aplicable al Ente Obligado, en la que deberá incluirse la gaceta oficial, leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos, políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia;
Estructura orgánica. II. Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables;
Funciones, objetivos y actividades. III. La relativa a las funciones, objetivos y actividades relevantes del Ente Obligado, así como incluir indicadores de gestión;
Directorio. IV. El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta el titular del Ente Obligado, con nombre, fotografía, domicilio oficial, número telefónico oficial y en su caso dirección electrónica oficial;
Perfil de Puesto y Curricula de los Servidores Públicos. V. El perfil de los puestos de los servidores públicos y la currícula de quienes ocupan esos puestos;
Remuneración de los Servidores Públicos y Prestadores de Servicio. VI. Remuneración mensual bruta y neta de todos los servidores públicos por sueldos o por honorarios, incluyendo todas las percepciones, prestaciones y sistemas de compensación, en un formato que permita vincular a cada servidor público con su remuneración;
Viáticos y Gastos de Representación de los Servidores Públicos. VII. Una lista con el importe por concepto de viáticos y gastos de representación que mensualmente los servidores públicos hayan ejecutado por concepto de encargo o comisión;
Bienes Muebles e Inmuebles. VIII. La relación de los bienes que le sean asignados y el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a trescientos cincuenta veces el salario mínimo vigente del Distrito Federal, así como el catálogo o informe de altas y bajas;
Recomendaciones del INFODF a la SEDU. IX La relación del número de recomendaciones emitidas por el Instituto al Ente Obligado, y el seguimiento a cada una de ellas;
Presupuesto por Programas e Informe de su Ejecución. X. Para los últimos tres ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución. Esta información incluirá:
Órganos Colegiados que Convoca la SEDU. XI. La calendarización, las minutas y las actas de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comités, comisiones y sesiones de trabajo que convoquen los Entes Obligados, en el ámbito de su competencia. Se deberán difundir las minutas o las actas de las reuniones y las sesiones en los términos del artículo 37 de esta Ley;
Oficina de Información Pública. XII. Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, de los servidores públicos encargados del Comité de Transparencia y de la Oficina de Información Pública;
Normatividad e Instrumentos Archivísticos. XIII. Los instrumentos archivísticos y documentales, de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables;
Derechos Humanos: Recomendaciones y Seguimiento del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. XIV. La relación del número de recomendaciones emitidas al Ente Obligado por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, y el seguimiento a cada una de ellas, así como el avance e implementación de las líneas de acción del Programa de Derechos Humanos que le corresponda;
Auditorías Realizadas a la SEDU y su Seguimiento. XV. Con respecto a las auditorias y revisiones, un informe que contenga lo siguiente:
a) Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Entes Obligados;
b) El número y tipo de auditorías a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que lo realizó;
c) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoría por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas; y
d) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorías, el total de las aclaraciones efectuadas por el Ente Obligado.
Dictámenes de Cuenta Pública. XVI. Los dictámenes de cuenta pública así como los estados Financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;
Convenios Celebrados por la SEDU. XVII. Los convenios institucionales celebrados por el Ente Obligado, especificando el tipo de convenio, con quién se celebra, objetivo, fecha de celebración y vigencia;
Licencias, Permisos y Autorizaciones que extiende la SEDU. XVIII. Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, vigencia, el tipo, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;
Informes que Rinde la SEDU. XIX. Los informes que debe rendir el ente obligado, la unidad responsable de los mismos, el fundamento legal que obliga a su generación, así como su calendario de publicación;
Servicios y Programas que Ofrece (tiempos de respuesta, requisitos y formatos). XX. Los servicios y programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
Programas de Apoyo (diseño, ejecucion, montosasignados,criterios de acceso y padrones). XXI. Sobre los programas de apoyo o subsidio deberá difundirse el diseño, ejecución, montos asignados y criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias;
Personas Físicas y Morales a los que se Entrega o Permite usar Recursos Públicos. XXII. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les entregue o permita usar recursos públicos. Asimismo, cuando la normatividad interna lo establezca, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
Programas y centros destinados a la práctica de actividad física. XXIII. La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades;
Programas de Trabajo (presupuesto ejercido de forma parcial). XXIV. Los programas operativos anuales o de trabajo de cada uno de los Entes Obligados, en el que se refleje de forma desglosada la ejecución del presupuesto asignado por rubros y capítulos, para verificar el monto ejercido de forma parcial y total;
Informes de Avance Programático Presupuestal. XXV. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero
Informes de Cuenta Pública de la SEDU. XXVI. Cuenta Pública, y
Licitaciones Públicas, Invitaciones Restringidas y Adjudicaciones Directas. XXVII. Los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo el expediente respectivo y el o los contratos celebrados. En el caso que contengan información reservada o confidencial, sobre ellos se difundirá una versión pública que deberá contener:
a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
1. La convocatoria o invitación emitida;
2. Los nombres de los participantes o invitados;
3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
5. El número de contrato, la fecha, el monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada; y
6. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
7. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración, y;
8. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.
b) De las adjudicaciones directas:
1. Los motivos y fundamentos legales aplicados;
2. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
3. El nombre de la persona física o moral adjudicada;
4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
5. El número del contrato, la fecha del contrato, el monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
6. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda, y;
7. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
c) Incluir el padrón de proveedores y contratistas;